Marco Conceptual – MECIP
- Portada
- Marco Conceptual – MECIP
¿QUÉ ES EL MECIP?
MECIP – Modelo Estándar de Control Interno para las Instituciones Públicas del Paraguay, es un sistema de control interno que, mediante una estructura metodológica, conceptos y fundamentos, proporciona a todos los Organismos y Entidades del Estado un lenguaje común orientado a mejorar su desempeño institucional.
¿EN QUÉ CONSISTE EL CONTROL INTERNO?
Es un conjunto de normas, procesos, procedimientos y mecanismos de control ordenados y relacionados entre sí para lograr una gestión íntegra, eficaz y transparente, apoyando el cumplimiento de los objetivos institucionales y contribuyendo al logro de la finalidad social del Estado.
¿CUÁLES SON LOS FUNDAMENTOS DEL CONTROL INTERNO?
1. Autorregulación: Es la capacidad institucional de todo organismo o entidad del Estado con base en la Constitución, la ley y sus reglamentos, de definir y regular sus propias normas, políticas y procedimientos, necesarios para el funcionamiento del Control Interno.
2. Autocontrol: Es la capacidad de cada funcionario público, independientemente de su nivel jerárquico en la institución, para evaluar su trabajo, detectar desviaciones, efectuar correctivos y mejorar la ejecución de los procesos, actividades y tareas bajo su responsabilidad, realizando una vigilancia en tiempo real sobre la integridad, eficacia, eficiencia, y efectividad de la comunicación de todo lo que se hace en la entidad.
3. Autogestión: Es la capacidad institucional de todo organismo o entidad del Estado para interpretar, coordinar y aplicar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido delegada por la Constitución y la ley. El Control Interno se fundamenta en la Autogestión, al promover en la entidad pública la autonomía institucional necesaria para establecer sus debilidades de control y de gestión, definir las acciones de mejoramiento y hacerlas efectivas, y asumir las recomendaciones generadas por los órganos de control.
¿CUALES SON LOS OBJETIVOS DEL MECIP?
- – Garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Institución y del Estado paraguayo en un ambiente de eficiencia, integridad y transparencia.
- – Establecer acuerdos y compromisos éticos, de común acuerdo, entre todos los servidores públicos.
- – Promover la capacitación permanente de los servidores públicos. Marco Conceptual Marco Legal Institucional Manual de Implementación Plan de Implementación
- – Fortalecer los sistemas de comunicación de la entidad, para brindar información oportuna a su público interno y externo.
- – Establecer la autoevaluación de la entidad y de los servidores públicos en forma permanente y objetiva.
- – Promover el control ciudadano, a través de la rendición de cuentas.
- – Unificar los criterios de revisión de los órganos de control y supervisión.
¿CUALES SON LOS VALORES Y PRINCIPIOS DEL MECIP?
¿CUALES SON LOS BENEFICIOS QUE APORTA EL MECIP?
Para la entidad
- – Percepción de transparencia de la gestión institucional
- – Credibilidad
- – Mejor ambiente de trabajo
Para los funcionarios
- – Capacitación permanente para la función que desempeña
- – Transparencia e imparcialidad en proceso de ingreso, promoción y evolución del personal
Para la ciudadanía
- – Información veraz y oportuna
- – Enfoque en garantizar el cumplimiento de los objetos institucionales a fin de lograr una mayor satisfacción del ciudadano con los suministros de los bienes y servicios
¿CUÁL ES EL MARCO LEGAL QUE LO SUSTENTA?
Constitución Nacional/92 (Arts.281 y 283): Que, respectivamente, establecen que “la Contraloría General de la República es el órgano de control de las actividades económicas y financieras del Estado, …”; y entre sus “Atribuciones: 1) el control, la vigilancia y la fiscalización de los bienes públicos y del patrimonio del Estado, …”.
Ley Nº 1535/99:
Art.2: Establece que “el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), será obligatorio para todos los organismos y entidades del Estado y se regirá por el principio de centralización normativa y descentralización operativa conformado por un sistema de control. Art. 4: Dispone que el SIAF será reglamentado por el Poder Ejecutivo estableciéndose así mismo en el Art. 86 el deber y la obligación de reglamentar la misma. Art. 60: Establece que el Sistema de Control y Evaluación del SIAF, debe ser integrado por el control interno previo, que implica el conjunto de instrumentos, mecanismos, y técnicas de control a cargo de los responsables de la Institución, así como el control interno posterior bajo responsabilidad de las Auditorías Internas Institucionales y la Auditoría General del Poder Ejecutivo.
Decreto Nº 10883/2007: que establece las competencias y responsabilidades de la Auditoría General del Poder Ejecutivo para la supervisión y control del MECIP.
Decreto Nº 962/2008: “Por el cual se modifica el Decreto Nº 8127/00…, y aprueba la implementación del MECIP para las Entidades Públicas del Paraguay”.
Resolución Nº 425/08: de la Contraloría General de la República por la cual se establece y adopta el MECIP para las Entidades Públicas del Paraguay como marco para el control, fiscalización y evaluación de los Sistemas de Control Interno.
ESTRUCTURA DEL MECIP
Se constituye en un marco de estructuras, conceptos y metodologías necesarias para permitir el diseño, desarrollo, implementación y funcionamiento de un control interno adecuado, que apoye el cumplimiento de los objetivos institucionales de cada organismo y entidad pública.